Cuál es la edad de jubilación en España
Te contamos a qué edad puedes jubilarte y cómo evolucionará en los próximos años
Tradicionalmente, la edad de jubilación en España ha estado fijada en los 65 años, aunque existen excepciones a esta edad dependiendo del tipo de trabajo que se haya realizado durante la vida laboral. Sin embargo y tras la reforma legislativa que busca garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones públicas, esta edad de 65 años se está viendo incrementada de manera paulatina entre 2013 y 2027, fecha en la que la edad ordinaria de jubilación será a los 67 años. Veamos cómo cambia el cálculo y qué factores hay que tener en cuenta para saber a qué edad nos podremos jubilar.
Qué se debe tener en cuenta para calcular la edad de jubilación
La edad de jubilación mínima para tener acceso a una pensión pública depende de la propia edad del trabajador y del tiempo cotizado a lo largo de su vida laboral.
En 2018 se requiere una edad mínima de 65 años y 6 meses y 36 años cotizados a la Seguridad Social. No obstante, si se han cotizado menos de 36 años, la edad de jubilación asciende a 65 años y 4 meses.
De esta forma, de aquí a 2027 la edad mínima de jubilación se fue elevando a razón de un mes por año hasta 2018 y, a partir de ahí, a razón de 2 meses por año resultando en los 67 años anteriormente mencionados.
Sin embargo, todavía existirá la posibilidad de jubilarse a los 65 años aunque el requisito de años cotizados también se irá incrementando de aquí a 2027 a razón de 3 meses por año hasta quedar en los 38 años y 6 meses cotizados, como mínimo.
Año
|
Tiempo cotizado
|
Edad de jubilación
|
2013
|
Más de 35 años y 3 meses | 65 años |
Menos de 35 años y 3 meses | 65 años y 1 mes | |
2014 | Más de 35 años y 6 meses | 65 años |
Menos de 35 años y 6 meses | 65 años y 2 meses | |
2015 | Más de 35 años y 9 meses | 65 años |
Menos de 35 años y 9 meses | 65 años y 3 meses | |
2016
|
Más de 36 años | 65 años |
Menos de 36 años | 65 años y 4 meses | |
2017
|
Más de 36 años y 3 meses | 65 años |
Menos de 36 años y 3 meses | 65 años y 5 meses | |
2018
|
Más de 36 años y 6 meses | 65 años |
Menos de 36 años y 6 meses | 65 años y 6 meses | |
2019
|
Más de 36 años y 9 meses | 65 años |
Menos de 36 años y 9 meses | 65 años y 8 meses | |
2020
|
Más de 37 años | 65 años |
Menos de 37 años | 65 años y 10 meses | |
2021
|
Más de 37 años y 3 meses | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses | 66 años
|
|
2022
|
Más de 37 años y 6 meses | 65 años |
Menos de 37 años y 6 meses | 66 años y 2 meses | |
2023
|
Más de 37 años y 9 meses | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | Más de 38 años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | Más de 38 años y 3 meses | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | Más de 38 años y 3 meses | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | Más de 38 años y 6 meses | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
La jubilación anticipada
Los trabajadores que quieran acogerse a la jubilación anticipada por cese voluntario, independientemente del régimen en el que estén dados de alta en el sistema de la Seguridad Social, deberán cumplir una serie de requisitos que a continuación exponemos:
- Se deberá tener una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad legal exigida para el momento de la jubilación. Es decir, que para este año 2018, si se tienen cotizados los correspondientes 36 años, el trabajador se podrá jubilar de manera anticipada con 63 años.
- El trabajador deberá acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años.
- De ese periodo de cotización, al menos 2 años deberán haberse cotizado dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de solicitar la jubilación anticipada.
- Para poder acceder a esta modalidad de jubilación es requisito que la pensión resultante no sea inferior a la que le correspondería al trabajador por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad
Existen excepciones a estas normas. En concreto:
- Los trabajadores que realizan actividades “penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45 % o al 65 %” se podrán beneficiar de las denominadas bonificaciones de edad.
- Además, los trabajadores por cuenta ajena agrarios deberán acreditar que, en los últimos 10 años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad efectiva en este sistema especial.
Los años computables para calcular la pensión pública
Para calcular cuál será la pensión pública que percibiremos tras la jubilación debemos conocer nuestra base reguladora. Esta base está compuesta por la suma de las bases de cotización de los últimos años trabajados –años computables-, que para 2018 es de 21 años y aumentará a razón de un año hasta alcanzar los 25 años en 2022.
Año
|
Nº meses cumputables/divisor
|
Años computables
|
2013
|
192/224
|
16
|
2014
|
204/238
|
17
|
2015
|
216/252
|
18
|
2016
|
228/266
|
19
|
2017
|
240/280
|
20
|
2018
|
252/294
|
21
|
2019
|
264/308
|
22
|
2020
|
276/322
|
23
|
2021
|
288/336
|
24
|
2022
|
300/350
|
25 |
Con la colaboración del Instituto BBVA de PENSIONES.