Seguro de vida para la hipoteca, ¿qué es y por qué debe contratarse?

Te contamos por qué es recomendable tener un seguro de vida una vez se accede a una hipoteca.
Una de las alternativas que tiene el cliente, cuando va a contratarla, es complementarla con un seguro de vida a la hipoteca. No es obligatorio, aunque los expertos sí que lo recomiendan ya que, en caso de fallecimiento o incapacidad permanente total o absoluta del titular, será el seguro de vida, y no los herederos, el que se encargará de pagar, a la entidad bancaria, el capital pendiente de la hipoteca.

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¿Qué cubre el seguro de vida de la hipoteca?

En base a lo explicado en la introducción, el objetivo del seguro de vida que se contrata con la hipoteca, a grandes rasgos, es cubrir al titular (o titulares) del préstamo hipotecario en caso de fallecimiento o, también, de incapacidad permanente total. ¿Esto qué significa? De ocurrir alguno de estos supuestos, el seguro de vida se responsabiliza de pagar lo que reste de hipoteca. 

 

¿Cuándo se puede contratar el seguro de vida de la hipoteca y qué tipos hay?

Como hemos avanzado, los seguros de vida pueden ir vinculados a las hipotecas. En este caso, el seguro de vida se contrata en el mismo momento en que se concede la hipoteca, aunque no es obligatorio hacerlo con el banco que concede la financiación. 

¿Qué tipos de seguros de vida se contratan con la hipoteca?

Según el tipo de pago de la prima que se haya escogido, se pueden encontrar distintas modalidades de seguro de vida para la hipoteca:

- Pago de capital constante: se paga la misma prima a lo largo de toda la vida del préstamo hipotecario y, en caso de fallecimiento, el seguro de vida de la hipoteca se encarga de cubrir su pago, íntegro, quedando un capital adicional que se abona a los beneficiarios designados por el titular.

- Pago en función del capital pendiente: la prima del seguro de vida vinculado a la hipoteca se va reduciendo conforme se va amortizando el préstamo hipotecario. El seguro se extingue tras el pago de la última cuota mensual de la misma.

- Pago de una prima única: se realiza el pago total del coste del seguro de vida de la hipoteca en el momento inicial. Algunos bancos ofrecen incluir, dentro del préstamo hipotecario, la financiación y el pago de esta prima.

¿Es obligatorio que se contrate el seguro de vida en una hipoteca?

Como hemos indicado al inicio del artículo, contratar un seguro de vida con la hipoteca no es obligatorio (si recomendable), sobre todo tras la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria, en 2019, en la que se prohíbe que los bancos supediten el acceso a un préstamo hipotecario a la contratación de productos vinculados. 

seguro de vida hipoteca

¿Qué factores se valoran al calcular el precio del seguro de vida de la hipoteca?

El precio del seguro de vida que se contrata con la hipoteca depende de varios aspectos, entre los que se encuentran: 

  • Capital que se solicita.
  • Edad.
  • Plazo.
  • Salud.
  • Profesión (se revisa si esta es “de riesgo”).
  • Deportes que se practican (sobre todo, si son “de riesgo”).

¿Se puede dar de baja el seguro de vida de la hipoteca?

Sí, es posible dar de baja, o cancelar, el seguro de vida vinculado a la hipoteca si ya ha transcurrido el año de duración del contrato (hay que avisar , eso sí, con un mes de antelación a la fecha de vencimiento, mediante un escrito firmado). Hay muchos motivos que llevan a una cancelación (se puede haber encontrado una entidad que ofrezca mejores condiciones, por ejemplo), aunque tampoco hay que dar ‘ese detalle’ en el proceso de anulación de la póliza. 

De hecho, y para cancelar el seguro de vida, vinculado a la hipoteca, solo hay que enviar una solicitud, mediante escrito firmado, a la aseguradora (por correo certificado, electrónico, burofax o en persona) en la que se indique el deseo de no renovar la póliza, junto a:

  • Datos personales: nombre, apellidos y DNI.
  • Número de la póliza a cancelar.
  • Fecha de la solicitud de baja del seguro.

Otra opción es dar de baja el seguro de vida en los 30 días posteriores a su contratación y, como en el anterior caso, tan solo hay que comunicárselo a la compañía aseguradora, aunque esta, en este caso, puede cobrar la prima de la parte proporcional por el tiempo en que el seguro haya estado vigente.

Seguros de vida e hipotecas: protegiendo a la familia

A la hora de adquirir un seguro de vida, al contratar la hipoteca, hay un factor importante a valorar: la protección de la familia ante imprevistos futuros, teniendo en cuenta que la vivienda puede ser de carácter familiar. En cualquiera de los casos, si el titular fallece, la compañía aseguradora se encarga de pagar el capital pendiente a la fecha de vencimiento. 

De no haber contratado un seguro de vida con la hipoteca, los herederos pueden optar por una de estas tres alternativas:

- Rechazar completamente la herencia y, por tanto, no ser propietarios del inmueble hipotecado.

- Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Permite a los herederos recibir los bienes hereditarios y responder a las deudas del fallecido con esos mismos bienes y sin necesidad de exponer los bienes propios.

- Aceptar la herencia y responder a las deudas hipotecarias que conlleva.

Si la hipoteca contaba con dos titulares, la deuda se dividirá al 50% entre el titular restante y los herederos. En el caso de que los herederos rechacen la herencia, el titular restante será el que deba asumir el pago de la hipoteca de manera íntegra.

¿Y si se cancela anticipadamente la hipoteca?

Si el cliente decide pagar su hipoteca de manera anticipada, se pueden dar dos situaciones:

- Si el titular decide cancelar el seguro de vida, recibirá parte de la prima de su seguro no consumida.

- El seguro de vida puede seguir vigente pasando a ser beneficiario quien nombre el cliente y, si no lo hiciere, sus herederos.

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